
El viernes 30 de mayo se realizará la audiencia de control de acusación contra el exintendente de Mercedes Diego Martín Caram y el presidente del Concejo Deliberante Carlos Roberto Sánchez.
La audiencia será presidida por el Juez de Garantías Subrogante, doctor Gustavo René Buffil. Ambas acusaciones serán sometidas a control judicial por presuntamente haber intentado retomar el control del municipio en abierta desobediencia a resoluciones oficiales.
La audiencia de control de acusación (art. 298 del CPP) se realizará el próximo viernes 30 de mayo a las 13 horas. Esta es una instancia clave en la que el Tribunal deberá evaluar la validez de la imputación fiscal y la posibilidad de elevar el caso a juicio oral.
Caram será defendido por los doctores Pedro Roberto Karam y Marcos Harispe, mientras que la defensa de Sánchez estará a cargo del doctor Pablo Andrés Fleitas.
El hecho imputado
La acusación es impulsada por el fiscal Adrián Aurelio Casarrubia, quien sostiene que el 1° de julio de 2024 ambos imputados habrían ejecutaron un plan para que Caram reasumiera ilegalmente el cargo de intendente, a pesar de encontrarse suspendido por la Resolución N° 1510/24 del Concejo Deliberante y por lo resuelto en la Sentencia N° 12/24 del Tribunal Oral Penal de Mercedes.
Sánchez, como presidente del Concejo, habría firmado una nota que interpretaba unilateralmente que el plazo de suspensión había vencido, y notificó a Caram para que reasumiera el cargo. Ese mismo día, Caram se presentó en la sede municipal, ocupando el despacho reservado al Intendente –entonces a cargo de la viceintendenta Juana Elba Gauto– y habría comenzado a ejercer actos propios de la función, dando órdenes a empleados y realizando declaraciones públicas.
La Fiscalía considera que ambos actuaron en desobediencia a resoluciones judiciales y administrativas, vulnerando el procedimiento legal establecido y afectando la institucionalidad del municipio.
Imputaciones y defensas
A Diego Martín Caram, alias “Tape”, se le atribuye los delitos de usurpación de autoridad y desobediencia a la autoridad (art. 246 inc. 1° y 239 del C.P., en función del art. 54).
A Carlos Roberto Sánchez, alias “Cali”, se lo imputa como partícipe necesario de los mismos delitos, además de ser autor material de abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público (arts. 248 y 55 del C.P.).
Luego de esta audiencia, conforme las previsiones legales, el juez convocará a las partes a ofrecer prueba que se expondrá en el juicio (art. 303 del CPP).







