

En primer lugar, el ministro del STJ, doctor Alejandro Chain abordó en primer término los planteos de la defensa del tesorero municipal, Claudio Javier Deimundo, quienes alegaban una supuesta alteración de la calificación jurídica y falta de congruencia. El ministro consideró que tales agravios “carecen de sustento”, porque la defensa “conocía plenamente la plataforma fáctica atribuida a su asistido”.
“A lo largo de todo el proceso, siempre se le imputó al Sr. Deimundo el mismo accionar delictivo, vinculado al llenado de planillas por sí o por interpósita persona”, sostuvo. También destacó que la conducta del tesorero no podía analizarse de manera aislada, sino dentro del circuito global probado en juicio:
Asimismo, calificó de infundada la interpretación defensiva de la pericia caligráfica: “La conclusión a la que arriba la defensa […] carece de sustento técnico y de respaldo en el informe citado.”
Concluyó que; “El delito se consuma cuando el bien ha sido quitado de la custodia administrativa, cualquiera que sea el destino que se le dé al mismo.”
El voto del doctor Chain fue acompañado por los ministros Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez (presidente) y Fernando Augusto Niz, quienes adhirieron a sus fundamentos.
Por su parte, el doctor Eduardo Gilberto Panseri aclaró que no compartía el orden de votación establecido, con fundamento en la Resolución Administrativa Nº 54/25, pero coincidió en la solución final del caso.
Fundamentos del STJ
El Superior Tribunal coincidió con la plataforma fáctica acreditada en el debate, que describió tres mecanismos ilícitos: Sustracción de fondos destinados a planes sociales, mediante la inclusión de beneficiarios inexistentes; Desvío de dinero correspondiente a adelantos de haberes, confeccionando planillas falsas; Sustracción de documentación pública incriminante para evitar el control administrativo.







